Los citados servicios, conforme a lo dispuesto por el N°6 y 7 del artículo 13 del D.L N°825/74, se encuentran exentos de IVA, cuando son prestados directamente a los pacientes por los servicios de salud o por terceros prestadores que en virtud de un contrato o una autorización sustituyen a los servicios antes mencionados. La exención antes señalada no procede en los casos en que los servicios de salud subcontraten con un tercero la prestación de los referidos servicio de hemodialisis, por cuanto en tal caso es el mismo servicio de salud que esta realizando la prestación al paciente subcontratado con un tercero. Las sumas cobradas por concepto de derecho de andén y uso de losas, no se encuentran gravadas con Impuesto al Valor Agregado, independientemente de quien efectúe su pago, debiendo emitirse por dichas operaciones, boletas o facturas de ventas y/o servicios no afectos o exentos de IVA, de aquellas dispuestas en Res. No obstante, en el caso de las boletas, si el monto de cada operación es inferior al monto mínimo por el cual deben emitirse estos documentos, el contribuyente deberá emitir diariamente una boleta con la última numeración del día, por el valor whole de los servicios realizados por montos inferiores a dicho mínimo. Sin embargo, se hace presente que la afectación con IVA o no del arrendamiento en consulta pende del contenido del contrato de arriendo con opción de compra. En relación con los contratos de construcción regulados por el Decreto N° seventy five, de 2004, del Min. de Obras Públicas corresponde que la empresa constructora facture recargando el IVA por el monto whole de las retenciones por formar éstas partes intengrante del precio del contrato de construcción.
Materiales destinados para el cultivo de ostras pueden considerarse como bienes del activo fijo sujetos a depreciación. Y la venta de publicidad, es un hecho gravado con IVA, cuando no se goza de la calidad de concesionario de canal, actuando como mandatario. No existe exención alguna en la Ley que beneficie a las adquisiciones de insumos y otros productos realizadas por el Cuerpo de Bomberos.
Proporcionalidad del crédito fiscal y valorización a precios de mercado. Los servicios de saneamiento de títulos de dominio de determinados inmuebles, no constituyen hecho gravado con IVA. Empresa de promoción y difusión de servicios y productos bancarios – convenio de prestación de servicios celebrado con entidad bancaria – potenciales ventanas de cocina clientes – recopilación de antecedentes – concepto de «actividades publicitarias» – calificación de «corredor» por los servicios de mediación. Facturas de exportación en venta al extranjero de proyectos integrales que comprenden ventas, servicios y otras operaciones, y en prestaciones de intermediación en reexportación de bienes.
Recuperación de IVA soportado en la adquisición de bienes destinados al activo fijo, al cumplirse seis períodos tributarios consecutivos. Las plantaciones de bosques que no se encuentran en explotación, forman parte del activo fijo, por lo que procede el beneficio del artículo 27 bis. Personas que construyen el total o parte de un inmueble para su venta se califican como empresas constructoras. Determina que los servicios consistentes en labores de management y certificación de calidad no se encuentran afectos a IVA.
Tratamiento tributario del IVA aplicable al arriendo de proyector de cine y diapositivas, de pantalla de proyección y películas. Tratamiento tributario del IVA aplicable al servicio de operación de equipo de cine y grabación de cassette. Aplicación del IVA a contrato de computación de aplicación integrada para bancos comerciales. Tributación respecto al IVA en la venta de derechos de explotación de los árboles de un bosque.
Tratamiento tributario del IVA aplicable al arrendamiento de un inmueble especialmente acondicionado para realizar una actividad comercial, que se entregará en obra gruesa. Tratamiento tributario del IVA aplicable al arrendamiento de un inmueble especialmente acondicionado para realizar una actividad comercial, como es el giro de supermercado. Devolución de remanente de crédito fiscal de IVA, originado durante la vigencia de contrato de promesa de compraventa de inmueble. Tratamiento tributario del IVA aplicable al arrendamiento de inmuebles amoblados, en el que se suscribe un contrato de arrendamiento por el inmueble y otro de comodato por los muebles.
Procedencia de la aplicación de aumento de asignación de zona dispuesto por la Ley N° 19.354, para los efectos de aplicar la presunción de asignación de zona contenida en el artículo 13 del DL N° 889 de 1975. Incidencia del impuesto al valor agregado en el suministro de agua potable que hagan a sus miembros los comités rurales constituidos como organizaciones comunitarias. Tratamiento tributario de las prestaciones que una empresa realice en el exterior, por sus corresponsales extranjeros, consistentes en supervisión de embarques y desembarques, carga y descarga de mercaderías. Tratamiento frente al IVA de las multas consistentes en el pago de una suma de dinero como sanción pecuniaria por falsa alarma a unidades policiales, de parte de los usuarios del sistema de seguridad.
Los ingresos provenientes de la cesión temporal de los derechos de autor, no constituyen el ejercicio de una ocupación lucrativa por parte de los artistas, clasificándose en el artículo 20 N° 5 de la ley del ramo. Las remesas al exterior por este concepto se afectan con el impuesto adicional del inciso primero del artículo fifty nine de la LIR, con tasa de 30%. Improcedencia de autorizar una solicitud de devolución de remanente de crédito fiscal, en virtud del Art. 27 bis del D.L N° 825, de 1974, relacionada con un bien construido a suma alzada que aún no cuenta con la recepción o aprobación final por quién encargó la obra al momento de la solicitud de devolución. Devolución de remanente de crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado, soportado en la adquisición de aerogeneradores y servicios destinados al traslado y seguridad de los equipos destinados a formar parte del activo fijo, en virtud el del artículo 27 bis. Servicios que deben formar parte del costo de los bienes del activo fijo.
Los efectos tributarios que se generan de dicha operación se rigen por las normas generales de la Ley de la Renta e IVA, sin perjuicio de la facultad de tasar que establece el artículo 64 del Código Tributario. Tratamiento contables de determinados desembolsos incurridos en plantaciones frutales nuevas, para efectos de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 27° bis del D.L. Las plantaciones frutales constituyen activo fijo o inmovilizado de la empresa. Para determinar el costo de las plantaciones, debe distinguirse entre aquellas plantaciones en explotación celosia ventana y las nuevas plantaciones.(D.S Hacienda N°1.139, de 1990). N° 910 de 1975 no es aplicable al contrato de urbanización de viviendas respecto de las cuales no se cuenta con permisos de edificación, que permitan acreditar su calidad de viviendas sociales. Dicho beneficio, no es aplicable a los contratos generales de construcción que no sean por administración, referidos entre otros, a la urbanización de terrenos, salvo cuando las obras de urbanización accedan exclusivamente a viviendas sociales, que son a las cuales hace referencia el Art. 3°, del Decreto Ley N° 2.552, de 1979.
Instrucciones sobre modificaciones introducidas al artículo 21 del DL 910, de 1975 por el artículo 5 de la Ley 20.259, sobre crédito empresas constructoras. Nuestro equipo analiza su aplicación en cada caso para sugerir las soluciones más eficientes. Las ventanas de PVC son sólo una de las opciones que manejamos. En Hildebrandt Gruppe trabajamos con las líneas europeas de las empresas Schüco, Kömmerling y Veka, para ofrecer la última tecnología y una gran variedad de modelos en nuestros proyectos. Estos modelos destacan por su buen comportamiento térmico, ya que tienen un espesor aproximado de 60 centímetros y un valor de transmitancia térmica (u) de alrededor de 1,1.
Consulta sobre el Impuesto al Valor Agregado en servicios de composición de directorios telefónicos. Consulta si es posible dar el tratamiento de gastos reembolsables a pagos efectuados en virtud de un contrato de ejecución de obras. Efectos tributarios de la división de una sociedad que posee un bien raíz no agrícola cuya adquisición fue financiada con subvenciones fiscales para establecimientos educacionales. Devolución de IVA por servicios calificados como exportación por el Servicio Nacional de Aduanas. Tratamiento tributario de los servicios de asesoría en ingeniería, hidrografía, oceanografía y topografía. Pago de componente fijo del impuesto al fuel ventana horizontal natural comprimido de la Ley 18.502, en caso de desabastecimiento del combustible.
Solicita pronunciamiento acerca de devolución de remanentes de crédito fiscal originados con anterioridad a la calificación de exportador de servicios obtenida por empresa. Tratamiento tributario del arrendamiento de inmuebles amoblados, con instalaciones o maquinarias. Concepto de inmueble con instalaciones, para efectos de la aplicación del Impuesto al Valor Agregado. Tratamiento tributario del IVA que afecta a contrato de locación de servicios consistente en captar clientes a nivel nacional con el fin de ubicarlos en puestos de trabajo en el extranjero. Tratamiento tributario del IVA aplicable a contrato de franquicia. La referida operación no goza de la exención del artículo 12 Letra D) del D.L.
El arriendo de los bins de estacionamiento, ubicados en un edificio de oficinas que serán arrendados a las empresas y trabajadores del mismo edificio, en la medida que se encuentren desprovistos de instalaciones que permitan el ejercicio de una actividad comercial o industrial, no se encuentran gravados con Impuesto al Valor Agregado. En materia de IVA, tratándose de un programa computacional que reúna los requisitos de estándar, que exige la LIR, si bien está exento de Impuesto Adicional, no se les aplica el IVA por cuanto el servicio se prestaría en el extranjero y no en Chile. La transferencia de una concesión minera, que es un derecho actual ventana balcon constituido sobre un bien inmueble, no se encuentra gravada con IVA, en consideración a que el bien sobre el que está constituido dicho derecho, no corresponde a aquellos inmuebles construidos, nuevos o usados, cuya transferencia por vendedores habituales, se encuentra gravada con el impuesto.
825, incorporado por la Ley N° 20.780, sobre Reforma Tributaria, no alcanza a los contratos de construcción sino sólo a las ventas de viviendas financiadas en todo o parte con subsidios. N° 825, aquellos contribuyentes favorecidos con la exención de IVA, contenida en el Art. 11°, de la Ley N° 18.392, por las operaciones de ventas y/o servicios que realicen, no tienen derecho a utilizar como crédito fiscal el impuesto soportado en la adquisición de bienes o utilización de servicios destinados a generar dichas operaciones. Así mismo, no resulta procedente la devolución de remanente de crédito fiscal, según lo dispuesto en el Art. 27 bis del D.L. N° ventanas para frentes de casas 825, de 1974, respecto del impuesto soportado en la adquisición o utilización de servicios destinados a formar parte de su activo fijo, cuando éste se destine a realizar operaciones exentas de IVA. N° 825, no restringe su aplicación a la venta de bienes corporales inmuebles o a contratos generales de construcción, celebrados exclusivamente por empresas constructoras y respecto de los cuales se ha aplicado la franquicia del Art. 21°, del D.L. Por el contrario, la norma es amplia y aplica en el caso de las ventas o promesas de venta de bienes corporales inmuebles a todas aquellas que obviamente se encuentren gravadas con Impuesto al Valor Agregado.